¿Tu proveedor tiene registro REPSE?

¿QUÉ TIPO DE OUTSOURCING SE PERMITE CONTRATAR?

Como es bien sabido, la nueva Reforma de Outsourcing entró en vigor este año, iniciativa que hasta abril, permanencia sin cambios.

Esta Reforma incluyó en sus modificaciones la eliminación casi total de todas las formas de outsourcing, dejando como opción únicamente la de servicios u obras especializadas.

Pero ¿Cómo saber si mi necesidad como empresa para subcontratar está dentro del marco legal y qué pasos debería saber?

Este contenido te ayudará a resolver algunas cuestiones generales.

Servicios especializados

En primer lugar habremos definir completamente lo que implica un “servicio especializado”. Esto básicamente se refiere a cualquier servicio que necesites para tu empresa y que no estés en capacidad de ofertar como compañía.

Además de lo anterior esta actividad solo es posible siempre y cuando se cumpla con los requisitos siguientes:

◉ Que los servicios o la ejecución de obras que se adquieran como outsourcing no se incluyan en el objeto social o la actividad económica preponderante del beneficiario.

◉ Que los servicios que se contraten con un tercero se obtengan mediante contrato escrito, donde indique el objeto de lo que va a llevarse a cabo, así como la cantidad de trabajadores que estarán involucrados en ello.

 

◉ Que la empresa que oferte el servicio como proveedor u outsourcing cuente con registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) denominado REPSE.

Estos últimos son requisitos indispensables para llevar a cabo la subcontratación de servicios, sin los cuales la compañía que contrata se ve amenazada a ser objeto de sanciones y multas que rebasan los 4 millones de pesos.

Finalmente, para que se pueda llevar a cabo el presente proceso con la mayor seguridad posible, la STPS pone a disposición un padrón de subcontratistas de servicios especializados, en donde los proveedores outsourcing se registrarán previamente, para lo cual tendrán que estar al corriente de sus obligaciones laborales, fiscales y de seguridad social, y renovar su registro cada tres años.

A continuación te dejamos la liga para consultar dicho
padrón y los pasos para utilizarlo:

REPSE STPS

  • Dar clic en “Consulta el catálogo”
  • Tras leer los términos legales que respaldan el catálogo, presionar el botón “Consulta”.
  • Aparecerá un listado con miles de compañías, pero
    incluye un buscador para averiguar si un subcontratista cuenta ya con el registro, a partir de su nombre o razón social.

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